SUBASTA PUBLICA. ENAJENACION PARCELA.
ENKANTE PUBLIKOAREN BITARTEZ BESTERENTZEA ERGOIENAKO LIZARRAGAKO 3 POLIGONOKO 218 LURSAILA
ENAJENACIÓN MEDIANTE SUBASTA PÚBLICA DE PARCELA 218 DEL POLÍGONO 3 DE LIZARRAGA DE ERGOIENA.
1.- OBJETO DE LA SUBASTA
Es objeto de la subasta la enajenación o venta mediante procedimiento abierto de la parcela 218 del polígono 3, titularidad del Concejo de Lizarraga (Ergoiena), siendo su naturaleza jurídica la que se indica:
DESCRIPCIÓN: urbana. Suelo de uso residencial en Intxorreta 17. Bien patrimonial.
La venta de esta parcela se realiza en concepto de ”cuerpo cierto”, sin perjuicio de la realidad física de cada finca, de conformidad con el contenido del artículo 1471 del Código Civil, por lo que no cabrá reclamación alguna en razón de diferencias de superficie en más o menos, ni como consecuencia de las condiciones geológicas, topográficas o análogas que encarezcan la construcción.
Las características de la parcela se indican en el Anexo I de este pliego, anexo que constituye parte inseparable del pliego y es elemento contractual.
2.- PRECIO DEL CONTRATO
El precio fijado para la enajenación de la parcela y que tendrán que proponer los interesados en la adjudicación, ascenderá como mínimo a las cantidades siguientes:
PARCELA BASE LICITACIÓN (€): 18.000,00 euros + 21 % IVA
En dichos importes no está incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, que será repercutido a las personas adjudicatarias de la subasta, según el tipo que proceda legalmente.
Esta enajenación está exenta del pago del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, de conformidad con el 173.2b) de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.
El precio del contrato se abonará en la forma que establece la cláusula nº 9 y 10 del presente documento.
3.- PROCEDIMIENTO
La adjudicación del contrato se efectuará mediante licitación pública por el procedimiento abierto, mediante subasta, y tramitación ordinaria, de conformidad con la legislación vigente.
4.- PARTICIPANTES
Podrán participar en la subasta las personas físicas individuales que se hallen en plena posesión de su capacidad de obrar y que no estén comprendidas en ninguno de los casos de exclusión establecidos en el artículo 22 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.
Las personas participantes podrán concurrir por sí o representadas por persona autorizada mediante poder, bastanteado e inscrito en el registro correspondiente en caso de resultar preceptivo. A la persona representante le afectan las causas de exclusión e incompatibilidad previstas en el artículo 21 de la Ley Foral 2/2018 de Contratos Públicos.
5.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
Las participantes en la subasta presentarán sus ofertas antes del día 17 de abril a las 14:00 horas.
Las licitadoras deberán presentar sus proposiciones en el Registro General del Ayuntamiento de Ergoiena, Intxorreta 15, 31829, Lizarraga o en cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2018, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si se presenta la propuesta por correo según se indica en el artículo 16.4 de Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se deberá comunicar este hecho dentro del plazo máximo de presentación de proposiciones mediante el envío de un correo electrónico con la documentación de correos a idazkaritza@ergoiena.com.
Los envíos cursados a través del operador designado para prestar el servicio postal universal o del resto de operadores, para que puedan considerarse debidamente presentados a los efectos previstos en el artículo 16.4 b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, de conformidad con los artículos 14 y 16 de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal y con el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba la prestación de servicios postales, que requieren que presenten en sobre abierto, con objeto de que en la cabecera de la instancia que se quiera enviar, se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión. Cumplimentada esta diligencia por la oficina de correos, la instancia diligenciada se introducirá en el sobre nº 1 y se cerrará en las propias oficinas de correos ante la persona que hay hecho la diligencia de presentación.
Sin la concurrencia de todos los requisitos anteriores, no será admitida la proposición. Transcurridos diez días naturales siguientes a la fecha indicada sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
El escrito de solicitud contendrá la identificación de la licitadora que se presente, haciendo constar expresamente una dirección postal, teléfono y dirección e correo electrónico a efectos de comunicaciones.
6.- FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones serán secretas, por lo que la oferta económica se presentará en un sobre cerrado en cuyo exterior se identificará a la persona que presenta la oferta.
La presentación de oferta presume la aceptación incondicionada por la persona licitante del contenido de la totalidad el presente pliego de condiciones.
Las propuestas se presentarán mediante instancia cuyo modelo se acompaña en el Anexo II.
Junt5o con la solicitud o instancia de admisión a la licitación debidamente cumplimentada, se presentará un sobre único en el que se incluirán otros dos sobres numerados y rotulados debiendo estar todos ellos cerrados y firmados o sellados por la persona licitadora, haciéndose constar en el exterior de los sobre el nombre de la persona licitadora según corresponda a cada sobre:
Sobre 1: “Documentación administrativa”
Sobre 2: “Documentación económica”
Toda la documentación que se presente deberá ser original o fotocopias compulsadas por notario por entidad administrativa.
SOBRE 1.- DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
El sobre 1, que llevará el subtítulo “documentación administrativa”, se presentará incluyendo en el mismo la siguiente documentación, que será indispensable para ser admitidos a la licitación:
1.- Declaración responsable de la persona licitadora conforme al Anexo II-2 con identificación de la persona individual e indicación de que cumple las condiciones exigidas para contratar con el Concejo de Lizarraga.
2.- Fotocopia del DNI
3.- Certificado de Hacienda constando estar al día en sus obligaciones fiscales.
SOBRE 2.- DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA
El sobre 2, que llevará el subtítulo “documentación económica”, se presentará incluyendo en el mismo la siguiente documentación, conforme al modelo que figura en el Anexo III:
1.- Oferta económica del valor del suelo sobre el tipo de licitación: se ofertará una sola oferta económica sobre el mínimo fijado en la Cláusula 2 del presente pliego.
2.- Fianza del 10 % del valor ofertado mediante cheque bancario a nombre del Concejo de Lizarraga.
7.- MESA DE CONTRATACIÓN
La mesa de contratación estará compuesta por:
Presidente: Xabier Senar Veiga
Vocal: Aitziber Andueza Larraza
Secretaria: Cristina Uribarrena Fernández, Secretaria del Ayuntamiento de Ergoiena.
8.- PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN. APERTURA DE OFERTAS. SEXTEO.
El procedimiento de celebración de la subasta será de “a pliego cerrado”, adjudicándose al mejor postor, sin perjuicio de los supuestos de dejar desierta la subasta en el caso de que las pujas no superen la cuantía mínima señalada por la cláusula 2º de este pliego.
8.1.- Apertura de la documentación administrativa.
La Mesa de contratación procederá a la apertura de los sobres de DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA y resolverá la admisión o exclusión de cada una de las licitadoras.
No obstante, si se observaran defectos materiales en la documentación presentada, la Mesa concederá cinco días para que las personas licitadoras subsanen los errores advertidos. De todo ello se levantará acta que firmarán los miembros de la Mesa de Contratación.
8.2.- Apertura de la proposición económica.
Tras la subsanación de errores de la documentación administrativa, la apertura de sobres se realizará el día 26 de abril a las 14:15 horas, en las oficinas del Ayuntamiento de Ergoiena, Intxorreta 15, 31829, Lizarraga.
En el supuesto de empate, previa convocatoria al efecto por la Mesa de contratación, se procederá a la apertura de un turno de puja entre los aspirantes empatados realizando sus ofertas de conformidad con los criterios que se establezcan por la Mesa de contratación al convocar a las personas empatadas.
De no deshacerse el empate, se considerará adjudicatario provisional el que resulte de la realización de sorteo.
8.3.- Sexteo.
La postura resultante de la adjudicación provisional podrá ser mejorada con el aumento de la sexta parte, como mínimo.
El sexteo se sujetará a las siguientes normas:
- Deberá formularse dentro de los seis días siguientes a contar de la hora anunciada par a la subasta, y terminará a la misma hora del sexto día siguiente incluyendo los festivos.
- Podrá ser formulado por cualquier persona legalmente capacitada, aunque no haya sido, licitadora siempre que consigne previamente la fianza provisional de la mismo forma que la señalada para la primera subasta debiendo igualmente suscribir la declaración responsable que corresponda como persona física así como la documentación exigida para los licitantes den el presente Pliego.
- Puede formularse por escrito, o verbalmente mediante comparecencia ante la Secretaría de la Mesa de la Subasta, que en todo caso extenderá diligencia firmada por la persona interesada, consignando día y hora de la presentación.
- Formalizado el sexteo, y existiendo ofertas económicas que mejoren la sexta parte, la Mesa de contratación pondrá en conocimiento de la adjudicataria provisional que su postura ha sido mejorada en la sexta parte, con indicación expresa de la fecha de la subasta definitiva., la cual se celebrará dentro de los cuatro días hábiles siguientes al de terminación del plazo señalado para el ejercicio del citado sexteo.
- Para la subasta definitiva servirá de tipo de tasación el que resulte de la mejora formulada, publicándose a este fin el anuncio correspondiente en el tablón de anuncios del Concejo señalando con dos días naturales de antelación, cuando menos, la fecha y hora en que haya de tener lugar la nueva subasta, que se celebrará en igual forma que la originaria. A la misma solamente se admitirá a quien haya sido adjudicataria provisional o sexteante. Si no concurren personas licitadoras, se propondrá la adjudicación a la sexteante.
- Se levantará acta de la nueva subasta celebrada y de la propuesta de adjudicación, y se hará público de inmediato en el tablón de anuncios del Concejo.
- Dentro de los tres días hábiles siguientes al de la fecha de la propuesta de adjudicación cualquier persona, aunque no haya sido licitadora, podrá alegar por escrito los defectos de tramitación de la licitación y en especial los relativo a a la capacidad jurídico de las personas licitadoras y solicita la adopción de la resolución a su juicio proceda sobre la adjudicación.
8.4.- Propuesta de adjudicación.
Una vez determinado por la Mesa cuál de las ofertas ha efectuado la mejor oferta económica, y con carácter previo a la elevación de la propuesta de adjudicación al órgano de contratación, se procederá a solicitar, para su comprobación, la documentación que acredite la capacidad de obrar de la persona física que haya realizado la puja más alta, la inexistencia de causas de exclusión para contratar con el Concejo de Lizarraga.
Se comprobará de oficio el hecho de estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias con el Concejo de Lizarraga, suponiendo la presentación a la licitación autorización suficiente para hacer esta comprobación.
Comprobada por la mesa de contratación que puede elevar la propuesta de adjudicación a favor de persona que cumple con los requisitos legales y de este pliego para ser adjudicataria del contrato, procederá a formular al órgano de contratación la correspondiente propuesta de adjudicación del contrato.
9.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
9.1.- Requisitos previos a la formalización del contrato.
Con carácter previo a la adjudicación del contrato, y tras la finalización de la fase del sexteo, se procederá a la adjudicación. Una vez acordada la adjudicación definitiva del contrato y en el plazo máximo de dos meses desde la notificación de la adjudicación, se elevará a escritura pública la compraventa de la parcela adjudicada.
El Concejo de Lizarraga otorgará la escritura de compraventa a favor de la persona que haya resultado adjudicataria, y no admitirá el otorgamiento a favor de ninguna otra persona física o jurídica.
La transmisión efectiva de la propiedad de la parcela objeto de la subasta, se entenderá producida por el otorgamiento de escritura pública, en la que se reproducirán cuantas obligaciones establece para el adjudicatario el presente documento.
9.2.- Efectos de la falta de formalización del contrato.
Cuando por causas imputables a la adjudicataria no pudiera otorgarse la escritura en el plazo señalado en la cláusula anterior, el Concejo de Lizarraga, podrá acordar la resolución del mismo. En este supuesto, podrá optar por adjudicar el contrato por orden de calificación de sus ofertas, por desistir, o por convocar nueva licitación.
En el supuesto de falta de formalización del contrato por causa imputable a al adjudicataria, ésta deberá abonar como sanción por su incumplimiento el 2 % del precio de la adjudicación, tal y como prevé la cláusula 8.4, 2º de este pliego, y asimismo indemnizará al Concejo de Lizarraga por los daños y perjuicios que el incumplimiento le haya producido, incluyéndose en todo caso la diferencia entre el precio ofertado por la persona adjudicataria que no hay cumplido con sus obligaciones y el precio en el que se enajene la parcela.
10.- FORMA DE PAGO
La persona adjudicataria, con anterioridad o en el momento de la firma de la escritura de compraventa, deberá abonar la totalidad del precio ofertado por la parcela objeto de subasta, incrementado con el IVA correspondiente.
11.- OBLIGACIONES Y GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario queda obligado y así deberá quedar reflejado en la escritura pública, al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
- El adjudicatario se subrogará a la firma de la escritura pública de compraventa, en todos los derechos y obligaciones dimanantes de la titularidad de la parcela.
- Serán de cuenta del adjudicatario los gastos derivados del otorgamiento de la escritura pública y de la práctica de la inscripción registral.
- Igualmente, queda obligada al pago de los tributos que graven la transmisión de los terrenos así como los que graven la propiedad de los mismos a partir de la fecha de adjudicación. En concreto, a cargo de la adjudicataria el IVA correspondiente, no incluido en el tipo de licitación, y su importe deberá ser abonado al mismo tiempo que el precio de compraventa.
- La adjudicataria deberá abonar:
- Los gastos que se deriven de la obtención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier otra información relacionada con la documentación de sus proyectos.
- Los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos, otras prestaciones patrimoniales de carácter público y demás gravámenes y exacciones que resulten de la aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución.
- Cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato sea necesario, aunque no esté incluido en el presente pliego.
El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones supondrá que no se perfeccionara el contrato de compraventa con la adjudicataria y acarreará la perdida de la fianza, así como el resarcimiento de daños y perjuicios, incluyéndose en todo caso en éstos la diferencia entre el precio ofertado por la persona que no ha perfeccionado el contrato y el precio en el que se enajene la parcela.
12.- CLAUSULA DE REVERSIÓN.
La causa esencial de la celebración de esta subasta es facilitar suelo para la construcción de una vivienda, que permita la permanencia e instalación de nuevos habitantes en el municipio, evitando así la disminución de la población e impulsar el crecimiento demográfico de la localidad.
La parcela que se enajena, deberá destinarse única y exclusivamente, a la construcción de una vivienda unifamiliar, no admitiéndose otro destino.
Las obras de construcción de la vivienda unifamiliar en la parcela que se enajena deberán iniciarse en el plazo de 18 meses, a contar desde la fecha de la escritura de compraventa y deberá estar terminada en el plazo de tres años.
Los que resulten adjudicatarios deberán empadronarse en el Municipio.
Dada la causa esencial del contrato manifestada en las cláusulas anteriores, la falta de inicio de las obras de construcción de la vivienda unifamiliar en el plazo de un año, a contar desde la fecha de la escritura de compraventa, o la no finalización de las obras en el plazo de tres años, facultará al Concejo a la reversión de los terrenos, con abono de las cantidades satisfechas por el comprador, sin derecho a interés de demora alguno, considerando esto último como penalización del deber inmediato de construcción o su finalización. Quedando en poder del Concejo las construcciones llevadas a cabo en las citadas parcelas, sin que los adquirentes puedan reclamar nada al Concejo.
En la escritura pública de compraventa se dejará constancia expresa de esta condición resolutoria.
13.- NATURALEZA DEL CONTRATO. RECURSOS. NORMATIVA APLICABLE.
La naturaleza y el régimen jurídico general de las actuaciones preparatorias del contrato de compraventa, por tener las condiciones de actos separables, son de carácter administrativo, e impugnables ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Por consiguiente, cuantas incidencias se deriven de la ejecución de los contratos y de la interpretación de las disposiciones del pliego serán resueltas, en primer término, por el órgano de contratación.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución, serán inmediatamente ejecutivos.
Contra este pliego, así como contra cuantas resoluciones administrativas se adopten en ejecución del mismo, podrán interponerse, potestativamente, los siguientes recursos:
- Recurso de reposición ante el órgano municipal autor del acto administrativo en el plazo del mes siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.
- Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses. Este plazo se computará a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.
- Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo del mes siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.
En todo lo no previsto en este pliego será de aplicación la normativa de la Ley Foral 2/2018 de Contratos Públicos con las especialidades de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra. Asimismo se tendrá en cuenta en todo lo que no se recoja en esta normativa, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y disposiciones de desarrollo, así como las normas de derecho privado, el Fuero Nuevo de Navarra y en particular los artículos 1445 y siguientes del Código Civil y legislación concordante.
ANEXO I
DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LA PARCELA QUE SE ENAJENA:
DATOS CATASTRO: Parcela 218 polígono 3 de Ergoiena, Intxorreta 17, superficie: 285,06 m².
PROPIEDAD DEL CONCEJO DE LIZARRAGA: 100 %
CARGAS: libre de cargas y arrendamientos.
DATOS REGISTRALES:
Tomo 4332 Libro: 53 Folio: 101 Inscripción de fecha 31 de julio de 2012. Registro Propiedad nº 8 de Pamplona.
DESCRIPCIÓN:
Linda al norte con calle Intxorreta y con la parcela 200 del polígono 3, propiedad del Concejo de Lizarraga; al sur con el Ayuntamiento de Ergoiena, parcela 217 del polígono 3 y con parcela 21 del polígono 3; al este con parcela 21 del polígono 3; y la oeste con calle Intxorreta y Ayuntamiento de Ergoiena.
POSIBILIDADES URBANÍSTICAS:
La parcela cuenta con clasificación de Suelo Urbano y se encuentra incluida dentro del AREA HOMOGENEA I, para la que son de aplicación las siguientes determinaciones:
- Altura de la edificación= B+2 (esta altura es obligatoria, si bien la segunda planta puede ser abuhardillada)
- Edificabilidad máxima = 135m/2 por planta, lo cual supone un total de 405m/2 en total
- Anchura máxima de la edificación = 9m
- Fondo máximo de la edificación = 15m
En relación a las condiciones constructivas o estéticas, estas serán las indicadas en los artículos 13 al 21 de las Ordenanzas de Edificación, siendo de destacar que en esta zona no se admiten cierres de parcelas.
Las alineaciones son las señaladas en planos, pudiendo modificarse las mismas mediante la redacción de un Estudio de Detalle.
El uso establecido es el residencial, permitiendo dentro del mismo los usos comerciales, dotacionales y actividades compatibles de acuerdo a la Ordenanza de Actividad Clasificada
ANEXO II. 1. INSTANCIA
Don/Doña ……………………………………………………………………………………………, con DNI……………………………………. Y domicilio en …………………………………………………………………………………………………………. y teléfono…………………………………… y dirección de correo electrónico…………………………………………………………………………………………….., que autoriza expresamente se le remita la documentación y requerimientos que fueran necesarios a dicha dirección, en relación a la subasta, procedimiento abierto, de la parcela 218 del polígono 3 de Lizarraga, EXPONE:
Que enterado del pliego de condiciones que rige esta subasta y conforme con el mismo,
SOLICITA:
Ser admitido en dicha subasta indicando que será el firmante o su representante quien realice las pujas y formalice el contrato con el Concejo de Lizarraga en caso de resultar adjudicatario/a. Acompaña los sobres, de documentación administrativa y económica, conforme al pliego.
Lizarraga, a ……………. de …………………………………. de 2019
Firma:
ANEXO II.2 A
(DOCUMENTACIÓN PERSONAL)
Don/Doña ………………………………………………………………………………………….con DNI ………………………….. y domicilio en ………………………………………………………………………………………………………… y señalando como correo electrónico válido para recibir comunicaciones……………………………………………………………………………………… en nombre propio o en representación de ……………………………………………………………………………………………………….. con DNI…………………………………………. Y domicilio en………………………………………………………………………………………………………
Que, enterado del pliego de la subasta pública en un único lote de la parcela 218 del polígono 3 de Lizarraga, convocado por el Concejo de Lizarraga, y asumiendo todas las cláusulas del mismo, SUSCRIBE LA PRESENTE DECLARACIÓN RESPONSABLE MANIFESTANDO:
1.- Que tiene capacidad de obrar suficiente para la ejecución del contrato.
2.- Que no se encuentra incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad para contratar previstas en el artículo 22 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.
3.- Que no tiene débitos en vía ejecutiva con el Concejo de Lizarraga ni con el Ayuntamiento de Ergoiena y autoriza a la comprobación de oficio por el Ayuntamiento de Ergoiena.
4.- Que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Por lo expuesto, SOLICITA: que se tenga por efectuada la presente declaración responsable y se admita a la licitación a ……………………………………………………………………………..
Lizarraga, a ……………………………………………………………………………………..2019.
ANEXO III
MODELO DE OFERTA Y DOCUMENTACIÓN
El/la que suscribe, Don/Doña………………………………………………………………………..., vecino/a de …………………………………………….con domicilio en ………………………………………………………………………………………………………………… y DNI ………………………………………….. en su propio nombre / en nombre y representación de……………………………………………………………………….. (Táchese lo que no proceda), declara conocer el contenido del Pliego de Condiciones de la subasta para la enajenación de la parcela 218 del polígono 3 de Lizarraga.
Y realiza la siguiente oferta:
1.- PRECIO: …………………………………………………………………….. (Indicar el importe de adquisición de suelo, IVA no incluido).
2.- FOTOCOPIA DNI
Lizarraga, a ………………………………………………………………………..de 2019.
Firma:
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